Las condiciones de pago serán tomadas en todo caso de lo pactado según la Orden de Compra.
Se recomienda celeridad en la radicación de las facturas lo mas inmediato posible a la prestación del servicio o entrega del bien.
Absténgase de radicar facturas con periodo de emisión diferente al mes en el que esta radicando, le recordamos que es su deber formal emitir y radicar la facturación inmediato a la prestación del servicio o entrega del bien.
Con el fin de garantizar el cumplimiento de nuestras obligaciones con ustedes, les informamos que nuestra fecha máxima para radicación de facturas es el día 22 de cada mes; en caso que este día sea un sábado, la fecha máxima será el viernes anterior, es decir el 21; En el caso que el 22 sea domingo o feriado la fecha máxima será el día siguiente a este, es decir 23 o 24 respectivamente; Lo anterior para que la causación quede dentro del mes de emisión de la factura sin alterar nuestra fecha de cierre contable.
Los pagos a proveedores se realizan los días Miércoles, se incluyen para pago las facturas radicadas hasta el Viernes de la semana anterior y que cumplan con el vencimiento según la orden de compra para esa semana de pago.